La iniciativa del Ejecutivo pasa ahora a la Comisión de Hacienda. Durante la votación del articulado se respaldó el mecanismo y plan de pago propuesto por el Senado en un plazo de hasta 10 años. Sin embargo, el gobierno recogió indicaciones parlamentarias, y se priorizará el pago en un plazo más acotado para mayores de 80, y de 65 años.

Dar viabilidad al cumplimiento del fallo de la Corte Suprema que obliga a las isapres a aplicar la tabla única de factores y devolver los cobros en exceso, es el objeto del proyecto presentado por el gobierno (boletín 15896), que fue aprobado y despachado por la Comisión de Salud.

El proyecto entrega nuevas facultades a la Superintendencia de Salud y fortalece el Fondo Nacional de Salud (Fonasa) al crear una nueva Modalidad de Cobertura Complementaria (MCC). Al mismo tiempo, crea un Consejo Consultivo sobre Seguros Previsionales de Salud, entidad que asesorará a la Superintendencia de Salud en el proceso de restitución de cobros en exceso.

De esta manera, la ley corta -que modifica el DFL 1 de 2005 del Minsal– busca responder al fallo judicial y, a su vez, no poner en riesgo la estabilidad del sistema privado de salud y sus prestadores, así como mantener el acceso y pago de las atenciones de salud.

Modificaciones aprobadas

En la discusión del proyecto, en segundo trámite legislativo, el grupo parlamentario aprobó en los mismos términos que el Senado el mecanismo sobre cómo las isapres deberán pagar los cobros en exceso. En tal sentido, dichas instituciones deberán presentar un plan de pago que debe ser aprobado por la Superintendencia de Salud. Asimismo, se fija un plazo de devolución de la deuda de hasta diez años, por la vía excedentes, en forma mensual en cuotas iguales que se depositarán en una cuenta individual.

Sin embargo, el gobierno recogió indicaciones presentadas por diputadas y diputados, y priorizará que el plan de pago y ajustes de las isapres consideren el pago íntegro de la deuda para los afiliados mayores de 80 años dentro de un plazo máximo de 24 meses. Además, se fijó un plazo de 72 meses para los afiliados mayores de 65 años.

El plan de ajuste y de pago que deberán presentar las isapres, deberá contener una propuesta de prima extraordinaria correspondiente al monto necesario para cubrir el costo de las prestaciones, licencias médicas y otros beneficios de los afiliados y sus beneficiarios. Además, se aprobó fijar un techo de 10% para dicha alza que se aplicará por única vez.

Esta norma modifica lo aprobado previamente en el Senado que proponía un incremento al precio base del plan.

La comisión también aprobó, pero en forma parcial, que los planes se ajusten al 7% de la cotización legal. Ello se aplicará a todos los planes nuevos que se suscriban. Sin embargo, se rechazó que los planes antiguos, cuyo valor sea menor a dicha cotización y que, por ende, generan excedentes, suban su valor.